El 14 de marzo de 2015 00:03:17 GMT-03:00, Alejandro Acosta <alejandroacostaalamo@gmail.com> escribió:
Solo para agregar un poco mas a la
conversacion: Segun RFC 2191 seccion 10.3 los MX tampoco deben
apuntar a CNAMEs (sin embargo entiendo que es una practica
medianamente utilizada).
Saludos,
Alejandro,
El 3/13/2015 a las 1:39 PM, Mauricio Vergara Ereche escribió:
Hola!
Primero que todo, una aclaración... los registros MX
apuntan a FQDN, no IPs (ver RFC 5321)
Lo segundo, es que
internomta.domain.com
no es necesario que sea una sub-zona. Puede ser sólo una
colección de registros MX en la zona padre (en este caso de
domain.com).
Saludos!
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